AUTORIDAD DE TRANSPORTE MARÍTIMO DE PUERTO RICO Y LAS ISLAS MUNICIPIO.


BASE LEGAL

La Ley 1-2000, según enmendada, conocida como "Ley de la Autoridad de Transporte Marítimo de Puerto Rico y las Islas Municipio", crea tal Autoridad como un cuerpo corporativo y político en forma de corporación pública, encargada de administrar y mantener la transportación marítima en Puerto Rico, así como las operaciones de servicios de lanchas que sirven entre Fajardo, Vieques y Culebra, y Hato Rey, San Juan y Cataño. Mediante la Ley 123-2014 según enmendada, conocida como "Ley de la Autoridad de Transporte Integrado de Puerto Rico", se crea la Autoridad de Transporte Integrado (ATI) y se dispone para la fusión de la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) y la Autoridad de Transporte Marítimo (ATM) a esta nueva entidad.

RECURSOS HUMANOS

Puestos Ocupados y Propuestos 2017 2018 2019 2020
Sept./16 Sept./17 Sept./18 Feb./19 Proy.

 

Cantidad total de puestos 0 0 0 0 0

Los datos provienen del Informe de Puestos Ocupados certificado por la Agencia al 30 de septiembre de cada año fiscal. A partir del Año Fiscal 2015-2016, los puestos se presentan en la Autoridad de Transporte Integrado de Puerto Rico, según lo dispuesto en la Ley 123-2014.

PRESUPUESTO PROPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2019-2020

A partir del Año Fiscal 2015-2016, las funciones de recursos humanos y fiscales de la Autoridad de Transporte Marítimo se integran a la Autoridad de Transporte Integrado, según lo dispuesto en la Ley 123-2014.

RESUMEN DE LOS RECURSOS CONSOLIDADOS DE LA AGENCIA

Presupuesto Consolidado (en miles de dólares) 2017 2018 2019 2020

PROGRAMA DE SERVICIO DIRECTO

Operación, Mantenimiento y Servicios de Lanchas a Nivel Isla

Descripción del Programa

Provee servicios de transportación marítima de pasajeros y carga a residentes, así como a visitantes de Fajardo, Vieques, Culebra y a los usuarios de Cataño, San Juan y Hato Rey.